Oct
16
2008

Además….. ¿Sabías que…..?

1.- LOS HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS CASUALES son descubrimientos de objetos y restos materiales susceptibles de estudio mediante metodología arqueológica, que se hayan producido por azar o como consecuencia de cualquier otro tipo de remociones de tierra y/u obras.

2.- CUANDO SE PRODUCE UN HALLAZGO CASUAL estamos obligados a notificar el hallazgo al Ayuntamiento en cuyo término se haya producido o a la Consejería de Cultura.

3.- ¿QUIEN ES EL PROPIETARIO DE LOS RESTOS APARECIDOS?: Todos los objetos y restos materiales de carácter arqueológico, hayan sido o no extraídos y tanto si se encuentran en la superficie o en el subsuelo, son bienes de dominio público y en ningún caso son del propietario del lugar ni del descubridor y deberán ser depositados en el Museo o Institución que se determine.

continua

(Picha aquí para leer más…)

Escrito por Museo de Porcuna --- b) Artículos, e) Contra el EXPOLIO | Etiquetas: , , ,

Blog propiedad del Museo Y Conjuntos Arqueológicos de Porcuna (info @ museodeporcuna.com)
Las imágenes son propiedad del Museo de Porcuna y queda prohibida su reproducción sin citar su origen y cumpliendo con la normativa vigente

Blog creado con WordPress | Aeros Theme